La Ley de Seguridad entre Hijos y Progenitores de Nueva York autoriza expresamente los acuerdos remunerados de gestación subrogada y una sentencia prenatal de filiación. No exige vínculo genético e incluye a un progenitor intencional soltero, a cónyuges que actúan conjuntamente o a parejas íntimas adultas que actúan conjuntamente, con sujeción a los requisitos de ciudadanía o residencia permanente y de vínculo con Nueva York.
Panorama estatal de la gestación subrogadaMarco favorable a la gestación subrogada
Lo que debes saber sobre la gestación subrogada en Nueva York
La ley estatal ofrece una vía comparativamente clara para los acuerdos de gestación subrogada y la filiación cuando se cumplen sus requisitos.
La vía jurídica de un vistazo
01
Acuerdo y compensación
La Ley del Tribunal de Familia (Family Court Act), §§ 581-401 y 581-403, autoriza un acuerdo remunerado cuando la gestante no aporta el óvulo y las partes completan la representación legal independiente en Nueva York, las evaluaciones, el seguro, el depósito en garantía y las formalidades de firma antes de la medicación o los procedimientos. La compensación debe ser razonable, negociarse de buena fe y no puede condicionarse a las características del niño ni tratarse como pago por un niño o por gametos.
02
Elegibilidad de la gestante
La gestante debe tener al menos 21 años, ser ciudadana de Estados Unidos o residente permanente legal, no aportar el óvulo, completar una evaluación médica y un proceso de consentimiento informado que aborde los riesgos físicos, psicológicos y psicosociales, contar durante todo el proceso con un abogado independiente de Nueva York y tener el seguro exigido. Si ningún progenitor intencional cumple los seis meses legales de residencia en Nueva York, la gestante debe cumplirlos.
03
Filiación y acta de nacimiento
Una vez logrado el embarazo, un progenitor intencional puede solicitar una sentencia conforme a la Ley del Tribunal de Familia, § 581-203. La sentencia puede emitirse antes del nacimiento y entra en vigor al nacer, declara la filiación intencional y da instrucciones para el registro de nacimiento sin exigir vínculo genético.
Nueva York
Diferencias importantes en Nueva York
01
Compruebe desde el inicio la ciudadanía y la residencia
Antes del emparejamiento, identifique al progenitor intencional que cumpla el requisito de ciudadanía o residencia permanente y qué parte aporta los seis meses de residencia exigidos en Nueva York.
02
Utilice abogados cualificados de Nueva York durante todo el proceso
La gestante y la parte de los progenitores intencionales necesitan representación independiente en Nueva York desde el inicio del acuerdo y durante el período exigido, no solo al firmar.
03
Fondee el depósito en garantía y el seguro antes de la medicación
Complete la revisión legal del seguro y deposite los fondos exigidos para compensación y gastos con un agente independiente de depósito en garantía antes de iniciar la medicación o los procedimientos.
Futuras gestantes
Cómo comenzar en Nueva York
El orden importa. Usa estos pasos para prepararte antes de conversar con profesionales calificados en reproducción asistida.
1
Comienza con asesoría jurídica independiente en Nueva York
Contrate abogados independientes de Nueva York especializados en reproducción asistida antes del emparejamiento o la medicación para verificar la elegibilidad por ciudadanía, relación y residencia, organizar las evaluaciones, el seguro y el depósito en garantía, y coordinar la petición de filiación del Artículo 5-C.
2
Confirma la elegibilidad y tus protecciones personales
La gestante debe tener al menos 21 años, ser ciudadana de Estados Unidos o residente permanente legal, no aportar el óvulo, completar una evaluación médica y un proceso de consentimiento informado que aborde los riesgos físicos, psicológicos y psicosociales, contar durante todo el proceso con un abogado independiente de Nueva York y tener el seguro exigido. Si ningún progenitor intencional cumple los seis meses legales de residencia en Nueva York, la gestante debe cumplirlos.
3
Completa la evaluación y el acuerdo antes del tratamiento
Completa la evaluación médica y psicológica, la revisión del seguro, de la compensación o los gastos y la revisión jurídica independiente antes de iniciar medicamentos o realizar la transferencia embrionaria. La Ley del Tribunal de Familia (Family Court Act), §§ 581-401 y 581-403, autoriza un acuerdo remunerado cuando la gestante no aporta el óvulo y las partes completan la representación legal independiente en Nueva York, las evaluaciones, el seguro, el depósito en garantía y las formalidades de firma antes de la medicación o los procedimientos. La compensación debe ser razonable, negociarse de buena fe y no puede condicionarse a las características del niño ni tratarse como pago por un niño o por gametos.
4
Planifica con anticipación el parto y la documentación de filiación
Una vez logrado el embarazo, un progenitor intencional puede solicitar una sentencia conforme a la Ley del Tribunal de Familia, § 581-203. La sentencia puede emitirse antes del nacimiento y entra en vigor al nacer, declara la filiación intencional y da instrucciones para el registro de nacimiento sin exigir vínculo genético.
Última revisión: 15 de agosto de 2026
Fuentes y autoridades jurídicas
Consulta las leyes, decisiones judiciales, guías públicas y fuentes profesionales claramente identificadas como punto de partida para una revisión jurídica actualizada.
Las leyes, prácticas judiciales y reglas locales de presentación pueden cambiar. Esta página ofrece información educativa general, no asesoría jurídica. Consulta a un abogado independiente de reproducción asistida con licencia en el estado correspondiente antes de basarte en ella.
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